Hoy me había propuesto dedicar la entrada
a continuar el expositivo sobre la Inspección Técnica de Edificios. Y parece
que el Colegio de Aparejadores de Madrid me ha leído la mente y recibo en el
correo electrónico el Boletín Digital donde se anuncia la ratificación por
parte del Tribunal Supremo la sentencia que indica que solo Arquitectos y
Arquitectos Técnicos pueden realizar Inspecciones Técnicas de Edificios Residenciales.
Expondré mi punto de vista mostrando de antemano mi grado de satisfacción sin pretender
generar el mínimo menoscabo al sector de Ingeniería que prolifera por estos
lares.
En la entrada que dediqué al Informe de Evaluación de Edificios ya
hice hincapié en que el texto del Real Decreto que lo regulaba otorgaba competencia
para su realización aquellos profesionales que venían directamente nombrados en
la Ley de Ordenación de la Edificación, es decir, Arquitectos y Arquitectos
Técnicos, reconocidos como profesionales que tienen la capacidad de proyectar y
dirigir obras de edificación (según tipología, cuestión que habría que
matizar).
Además expliqué que el Ministerio de Fomento dejaba abierta una
puerta a la posibilidad de tener competencia para realizar el IEE a otros técnicos
cuya preparación fuese la suficiente para poder realizar el estudio del estado
del inmueble debido a la especialización y complejidad que dicho estudio
requiere.
La sentencia a la que hacía mención y que podéis leer integra en
el enlace que ose dejo al final, realiza un planteamiento muy sencillo y creo que fácil de entender: si
Arquitectos y Arquitectos Técnicos por su formación y preparación tienen la capacidad
de poder proyectar y dirigir según la LOE, son por ende los profesionales más
capacitados para estudiar el estado de conservación y mantenimiento de
inmuebles residenciales.
No por repetirlo va a dejar de ocurrir, pero cada vez que se abre
un nicho de mercado en cualquier sector, no solo en el que nos movemos,
aparecen profesionales que en algunos casos rozan el intrusismo profesional
para intentar abarcar competencias que por sentido común no les corresponden. Y
esta cuestión merece una reflexión profunda.
Personalmente considero que un Ingeniero de Caminos es el profesional
mejor preparado para calcular una estructura (o de los mejores), al igual que
considero a un Ingeniero Industrial (de su respectiva rama de especialización)
el mejor preparado para realizar un cálculo de instalaciones. Su labor es muy
importante y de vital importancia en el desarrollo de un proyecto. A cada cual
lo suyo.
Pero estaréis conmigo de acuerdo en que, cuando se ejecuta una obra
comienzas moviendo tierras y acabas pintando por lo general. Y entre medias
ejecutas cimentación, estructura, cerramientos, tabiquería, cubiertas,
instalaciones, carpinterías y acabados. ¿Alguno de vosotros piensa en la
capacidad de un Ingeniero Industrial de la rama Electricidad con capacidad de dirigir
la ejecución material de un cerramiento de fábrica de ladrillo cara vista?. ¿O
una tabiquería?. ¿O un forjado?. Lo diré de otra manera, exceptuando las
instalaciones eléctricas ¿qué más puede dirgir?. Es evidente que nada ya que
sus conocimientos de construcción son nulos.
Por tanto si no sabe cómo se
ejecutan la inmensa mayoría de las unidades de obra parece lógico pensar que no
tendrá el suficiente juicio como para determinar los orígenes de las patologías
que puedan presentarse en una Inspección Técnica de un Edificio.
Ya dije en su día en otra entrada que no quería pecar de corporativista,
pero francamente, estoy harto de haber escuchado a Ingenieros confundir una
viga con un pilar (no entendáis este comentario de mala fe).
Entonces, ¿qué ocurre a partir de ahora?. Bueno, pues la cuestión
es difícil de interpretar. En el escrito que adjunto en el enlace al final de
la entrada redactado por el Consejo General de Arquitectura Técnica de España
al respecto de este pronunciamiento del TS, finaliza diciendo lo siguiente:
“Por lo tanto, frente a la interpretación estrictamente
economicista de la CNMC, contamos con una consolidada jurisprudencia que
mantiene que las ITE, IEE o figuras análogas sólo la pueden hacer los
arquitectos técnicos y los arquitectos. Y ello porque, a diferencia de los
ingenieros e ingenieros técnicos, aquellos profesionales están formados para
ello.”.
Perfectamente razonado y explicado. Ya habéis leído mi argumentarlo
y sinceramente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia creo que
no debe intervenir de manera partidaria en estas cuestiones o por lo menos
obrar con sentido común, ya que no es una cuestión de dar igualdad de
oportunidades a todos los técnicos, sino de garantizar la calidad de los servicios
ofertados por éstos buscando el mejor servicio para el usuario final y
quien mejor para realizarlo que aquellos
profesionales preparados para ello.
Me gustaría destacar también un extracto de la conclusión final
del escrito de la Asesoría Jurídica del CGATE que cito a continuación: “Indica
la CNMC en su informe que “La limitación
en el número y variedad de operadores en el mercado, genera un efecto negativo
sobre la competencia que puede materializarse, caeteris paribus, en mayores
precios de los consumidores de los que resultarían en caso de que se permitiera
la actividad de todos los operadores facultados para competir en este mercado.
Estos mayores precios implican unos mayores costes para los destinatarios de
los informes de evaluación de edificios, con el consiguiente perjuicio para la
economía y, en definitiva, para el bienestar de los ciudadanos”. Pues bien,
aún en el supuesto de que tal afirmación no contrastada fuese cierta (que lo
dudamos) no alcanzamos a comprender qué bienestar para los ciudadanos se podría
derivar del hecho de permitir que profesionales no cualificados realicen una
actividad profesional de la que pende la seguridad de los edificios de
viviendas y de las personas que los habitan”.
Creo que esta reflexión es digna de mención.
Por tanto creo que por parte del colectivo se ha dado un paso
hacia delante. Eso no quita que dentro de nosotros haya quien juegue al
mercadeo y dé mala imagen al colectivo con sus actuaciones poco éticas. Pero
esta noticia debería servir para apuntalar un poquito más la dignificación de
nuestra profesión, y si nos reconocen capacidad y atribuciones, actuemos en
consecuencia.
Pero eso lo dejo para otra entrada.
Os adjunto el enlace que os comentaba.
Saludos y nos leemos.
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