jueves, 21 de enero de 2016

ITE e IEE: Poniendo a cada cual en su sitio

Buenas a todos.
Hoy me había propuesto dedicar la entrada a continuar el expositivo sobre la Inspección Técnica de Edificios. Y parece que el Colegio de Aparejadores de Madrid me ha leído la mente y recibo en el correo electrónico el Boletín Digital donde se anuncia la ratificación por parte del Tribunal Supremo la sentencia que indica que solo Arquitectos y Arquitectos Técnicos pueden realizar Inspecciones Técnicas de Edificios Residenciales. Expondré mi punto de vista mostrando de antemano mi grado de satisfacción sin pretender generar el mínimo menoscabo al sector de Ingeniería que prolifera por estos lares.




En la entrada que dediqué al Informe de Evaluación de Edificios ya hice hincapié en que el texto del Real Decreto que lo regulaba otorgaba competencia para su realización aquellos profesionales que venían directamente nombrados en la Ley de Ordenación de la Edificación, es decir, Arquitectos y Arquitectos Técnicos, reconocidos como profesionales que tienen la capacidad de proyectar y dirigir obras de edificación (según tipología, cuestión que habría que matizar). 

Además expliqué que el Ministerio de Fomento dejaba abierta una puerta a la posibilidad de tener competencia para realizar el IEE a otros técnicos cuya preparación fuese la suficiente para poder realizar el estudio del estado del inmueble debido a la especialización y complejidad que dicho estudio requiere.

La sentencia a la que hacía mención y que podéis leer integra en el enlace que ose dejo al final, realiza un planteamiento  muy sencillo y creo que fácil de entender: si Arquitectos y Arquitectos Técnicos por su formación y preparación tienen la capacidad de poder proyectar y dirigir según la LOE, son por ende los profesionales más capacitados para estudiar el estado de conservación y mantenimiento de inmuebles residenciales.

No por repetirlo va a dejar de ocurrir, pero cada vez que se abre un nicho de mercado en cualquier sector, no solo en el que nos movemos, aparecen profesionales que en algunos casos rozan el intrusismo profesional para intentar abarcar competencias que por sentido común no les corresponden. Y esta cuestión merece una reflexión profunda.

Personalmente considero que un Ingeniero de Caminos es el profesional mejor preparado para calcular una estructura (o de los mejores), al igual que considero a un Ingeniero Industrial (de su respectiva rama de especialización) el mejor preparado para realizar un cálculo de instalaciones. Su labor es muy importante y de vital importancia en el desarrollo de un proyecto. A cada cual lo suyo. 


Pero estaréis conmigo de acuerdo en que, cuando se ejecuta una obra comienzas moviendo tierras y acabas pintando por lo general. Y entre medias ejecutas cimentación, estructura, cerramientos, tabiquería, cubiertas, instalaciones, carpinterías y acabados. ¿Alguno de vosotros piensa en la capacidad de un Ingeniero Industrial de la rama Electricidad con capacidad de dirigir la ejecución material de un cerramiento de fábrica de ladrillo cara vista?. ¿O una tabiquería?. ¿O un forjado?. Lo diré de otra manera, exceptuando las instalaciones eléctricas ¿qué más puede dirgir?. Es evidente que nada ya que sus conocimientos de construcción son nulos. 

Por tanto si no sabe cómo se ejecutan la inmensa mayoría de las unidades de obra parece lógico pensar que no tendrá el suficiente juicio como para determinar los orígenes de las patologías que puedan presentarse en una Inspección Técnica de un Edificio.
Ya dije en su día en otra entrada que no quería pecar de corporativista, pero francamente, estoy harto de haber escuchado a Ingenieros confundir una viga con un pilar (no entendáis este comentario de mala fe).


Entonces, ¿qué ocurre a partir de ahora?. Bueno, pues la cuestión es difícil de interpretar. En el escrito que adjunto en el enlace al final de la entrada redactado por el Consejo General de Arquitectura Técnica de España al respecto de este pronunciamiento del TS, finaliza diciendo lo siguiente:
“Por lo tanto, frente a la interpretación estrictamente economicista de la CNMC, contamos con una consolidada jurisprudencia que mantiene que las ITE, IEE o figuras análogas sólo la pueden hacer los arquitectos técnicos y los arquitectos. Y ello porque, a diferencia de los ingenieros e ingenieros técnicos, aquellos profesionales están formados para ello.”.

Perfectamente razonado y explicado. Ya habéis leído mi argumentarlo y sinceramente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia creo que no debe intervenir de manera partidaria en estas cuestiones o por lo menos obrar con sentido común, ya que no es una cuestión de dar igualdad de oportunidades a todos los técnicos, sino de garantizar la calidad de los servicios ofertados por éstos buscando el mejor servicio para el usuario final y quien  mejor para realizarlo que aquellos profesionales preparados para ello.

Me gustaría destacar también un extracto de la conclusión final del escrito de la Asesoría Jurídica del CGATE que cito a continuación: “Indica la CNMC en su informe que “La limitación en el número y variedad de operadores en el mercado, genera un efecto negativo sobre la competencia que puede materializarse, caeteris paribus, en mayores precios de los consumidores de los que resultarían en caso de que se permitiera la actividad de todos los operadores facultados para competir en este mercado. Estos mayores precios implican unos mayores costes para los destinatarios de los informes de evaluación de edificios, con el consiguiente perjuicio para la economía y, en definitiva, para el bienestar de los ciudadanos”. Pues bien, aún en el supuesto de que tal afirmación no contrastada fuese cierta (que lo dudamos) no alcanzamos a comprender qué bienestar para los ciudadanos se podría derivar del hecho de permitir que profesionales no cualificados realicen una actividad profesional de la que pende la seguridad de los edificios de viviendas y de las personas que los habitan”.
Creo que esta reflexión es digna de mención.



Por tanto creo que por parte del colectivo se ha dado un paso hacia delante. Eso no quita que dentro de nosotros haya quien juegue al mercadeo y dé mala imagen al colectivo con sus actuaciones poco éticas. Pero esta noticia debería servir para apuntalar un poquito más la dignificación de nuestra profesión, y si nos reconocen capacidad y atribuciones, actuemos en consecuencia.
Pero eso lo dejo para otra entrada.
Os adjunto el enlace que os comentaba.



Saludos y nos leemos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario